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Subrogacion de Hipotecas

Existen dos tipos de subrogaciones_
-Con cambio de Banco: Es cuando realizas una sustitucion de la entidad acreedora de la hipoteca para mejorar las condiciones.. Esta subrogacion lleva unos tramites juridicos. El nuevo banco mejoraria los intereses respetando los demas puntos acordados en la contratacion de la hipoteca como el capital pendiente y los plazos de amortizacion.
La subrogacion de hipoteca esta regulada por la ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios e implica un ahorro sustancial en los costes que entrariamos si tuviesemos que contratar una hipoteca nueva.
-Subrogacion por cambio de persona que asume la hipoteca: Este caso aplica cuando asumimos un prestamo hipotecario anterirmente contraido por otra persona. Suele darse cuando compramos la vivienda a un promotor y pasamos a ser los propietarios de la vivienda asumiendo su hipoteca la cual ya esta formalizada.
¿HaS EnCoNtRaDo Lo QuE BuScAbAS?
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